viernes, 5 de noviembre de 2010

ASÍ DEBE ACTUAR LA OPOSICIÓN

Cuando pedimos que la oposición actúe de acuerdo a lo hace y no hace este gobierno, nos referimos a situaciones coma las planteadas en el siguiente artículo del El País del día de hoy, que transcribimos


Tampoco la pavada
Lo congelaron porque son conscientes que en un plebiscito pierden, pero hay disgusto en el Frente Amplio por el fracaso del intento de sacar adelante "la ley interpretativa" de la Ley de Caducidad, y por los pronósticos sobre los réditos electorales que van a pagar por este y otros errores u horrores que vienen acumulando en su gestión de gobierno. Causó gracia el titánico esfuerzo del diputado Luis Puig en sus cavilaciones aritméticas, para demostrar que en realidad en el plebiscito del 2009 sobre un robusto intento de reforma constitucional para extrapolar la ley del derecho positivo nacional -como si fuera la extracción sin anestesia de una muela de juicio- si se contaran los votos neutros serían menos los que votaron por NO que los que votaron por SÍ.
Ya no causó gracia sino pena y decepción la pretendida explicación de Astori -siempre perdedor político- de por qué dijeron él y Mujica, luego de conocido el resultado negativo de la consulta, que el mandato popular se iba a acatar de todas maneras y ahora se cambia de opinión. Lo propio sucedió con el "haz lo que yo digo pero no lo que yo hago" de Carlos Baráibar, estando en juego valores fundamentales de ética política y jurídicos.
Pero no son los únicos ejemplos. En la noche del 28 de octubre, el Ing. Brovetto dijo ante cámaras, muy suelto de cuerpo, que todo el prestigio que se había ganado el país -se referiría a la historia que empezó bastante antes del 1º de marzo de 2005- quedaba empañado internacionalmente si en su legislación permanecía, aunque fuera derogada, "una ley que dé impunidad a asesinos".
Brovetto, todo un académico, no es hombre que domine la materia ni jurídica ni histórica. Porque si estuviera al tanto de lo que son conocimientos básicos o elementales, debería saber que el 8 de marzo de 1985 se sancionó la ley N° 15.737 que decretó la amnistía de todos los delitos políticos, comunes y militares conexos con éstos, cometidos a partir del 1º de enero de 1962 -porque fue en ese año que la guerrilla se presentó en sociedad- y a partir de entonces se inició el proceso por el cual nos trajo de la mano a la dictadura.
Se nos dirá que los amnistiados ya habían pagado con cárcel los delitos cometidos. En algunos casos sí pero no todos, porque el artículo 4 de esa misma ley establece que "quedan comprendidos a los efectos de esta amnistía, todas las personas a quienes se hubiera atribuido la comisión de estos delitos, sea como autores, coautores o cómplices y a los encubridores de los mismos, hayan sido o no condenados o procesados". Quiere decir que los que estaban presos con condena, y los procesados pero no condenados, saldrían en libertad. Pero -lo subrayamos muy especialmente- quedaban también eximidos de responsabilidad penal los que nunca fueron ni procesados ni condenados, los que no habían pisado nunca un Juzgado, ni una comisaría ni un cuartel, porque eran desconocidos por las autoridades o porque siendo identificados, no pudieron encontrarse o se fueron al exterior.
Oficialmente quedaron 18 asesinatos cometidos por guerrilleros que nunca se investigarán (Miguel Semino, "Las patas de la sota", MZ editor, págs 18 y 19) sean autores, coautores, cómplices, periféricos, gente que convive entre nosotros o que vive cómodamente en otro país. Esos asesinatos a cargo de terroristas gozan de la misma impunidad que los que le preocupan a Brovetto, quien si fuera un poquito objetivo, tendría que pedir también -por coherencia nada más- que se "anulen" o se declare "inaplicable" el perdón de los mismos a sus responsables.
Eso por un lado. Por otro -y además-, empieza a preocupar la desesperación de Rafael Michelini sobre este tema. En esta ocasión propuso a sus correligionarios disidentes que voten la ley interpretativa, bajo el compromiso de salir a recoger firmas para apoyar un referéndum contra ella. Una tercera convocatoria pues al pueblo uruguayo, para que se expida sobre lo que éste ya resolvió dos veces.
Lo del título.
El País Digital

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